Publicado 29/12/2025 10:55

El Banco de España simplifica el reporte financiero de las entidades supervisadas

Archivo - Fachada del Banco de España, a 24 de noviembre de 2025, en Madrid (España).
Archivo - Fachada del Banco de España, a 24 de noviembre de 2025, en Madrid (España). - Jesús Hellín - Europa Press - Archivo

MADRID 29 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Banco de España ha simplificado las obligaciones de reporte financiero de las entidades supervisadas mediante una nueva circular publicada este lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Se trata concretamente de la Circular 1/2025 que modifica estas obligaciones recogidas en las circulares "contable" y de la Central de Información de Riesgos (CIR) del propio supervisor.

El Banco de España explica que la actualización pretende mantener alineada la Circular 4/2017, conocida como "circular contable", con las normas internacionales de información financiera adoptadas en la Unión Europea (NIIF-UE). En concreto, se incorporan los últimos cambios en la NIIF-UE 9 sobre instrumentos financieros, de tal manera que se evita la aplicación de criterios contables distintos en las cuentas anuales individuales y consolidadas.

Además, se han revisado los requerimientos de coberturas por riesgo de crédito por razón de riesgo-país, incluidos en la circular contable.

Por otro lado, la nueva circular inicia un proceso para sustituir determinados estados financieros reservados por información granular que se recibe a través de la CIR, con el objetivo de reducir la carga de requerimientos de datos exigidos a las entidades. De esta forma, se modifica la circular contable para que el último envío por las entidades de los estados financieros reservados sustituidos sea el correspondiente a 30 de junio de 2026 y se modifica la Circular 1/2013 (que regula la CIR) para incorporar nueva información granular en las declaraciones a la CIR que permitirá sustituir dichos estados.

Así, el Banco de España sostiene que las solicitudes de información dirigidas a las entidades se ven "significativamente disminuidas": concretamente, los requerimientos de información incluidos en los estados nacionales reservados de la Circular 4/2017 se reducen "en un tercio".

La nueva circular entrará en vigor mañana martes, 30 de diciembre, sin perjuicio de las especificidades sobre primera aplicación recogidas en la disposición final única.

CONSULTA PÚBLICA

De forma complementaria, el Banco de España señala que actualmente tiene abierta una consulta pública sobre su nueva circular ómnibus, cuyo objetivo principal es adaptarse a las nuevas exigencias europeas y españolas, eliminando duplicidades en los requerimientos de información. Su tramitación terminará previsiblemente a mediados de 2026.

En ella se plantea también la eliminación de requisitos de información adicionales, lo que, sumado al impacto de la nueva circular publicada hoy, supondrá una reducción de alrededor del 50% en la información nacional reservada requerida actualmente en las Circulares 4/2017 y 2/2016.

"Este enfoque de racionalización y simplificación representa un avance decidido por parte del Banco de España en la gestión de la información requerida a las entidades financieras", agrega el supervisor.

Por tanto, explica que una parte relevante de la información necesaria será recopilada a través de la CIR, aprovechando la granularidad de los datos ya disponibles. Sin embargo, señala que resulta "esencial" el "mantener y proteger la calidad de la información" que las entidades proporcionan a la CIR, dado su papel central en el nuevo esquema de requerimientos informativos.

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